Los ayuntamientos gallegos no podían multar por no llevar mascarilla en la vía pública

AutorvLex

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vigo declara incompetentes a los ayuntamientos para multar por no llevar mascarilla en la vía pública hasta después de la reforma de la Ley de Salud de Galicia, el pasado 25 de febrero.

La Sentencia indica que, hasta la modificación de la ley autonómica, el Ayuntamiento solo tenía “responsabilidades mínimas en relación al obligado cumplimiento de las normas sanitarias y al control sanitario en determinados espacios o ámbitos”, entre los que no se incluía la vía pública.

Fumar, incompatible con el uso de la mascarilla

De esta manera, el titular del Juzgado anula una sanción de cien euros que el Ayuntamiento de Sanxenxo le impuso a una mujer por no llevar mascarilla en la calle durante la madrugada del 5 de julio de 2020. El magistrado relata en la resolución, contra la que no cabe interponer recurso, que la conducta de la denunciada, quien se encontraba fumando en las inmediaciones de un pub en compañía de dos amigas, pero alejadas a más de dos metros de distancia de cualquier otra persona, “no encaja en la tipicidad de la infracción leve por la que ha sido sancionada”. Además, destaca que, en el momento en que fue identificada “ejecutaba una acción, fumar, incompatible con el uso de la mascarilla”. Teniendo en cuenta que, hasta ese momento, no estaba vigente ninguna normativa respecto al hecho de fumar en la vía pública.

La competencia era de la Xunta y no del Ayuntamiento

No obstante, aunque se hubiese acreditado la culpabilidad de la denunciante, el Ayuntamiento de Sanxenxo carecía de competencia para sancionarla porque los hechos sucedieron en la vía pública, es decir, fuera de las “áreas de responsabilidad mínima sobre las cuales los ayuntamientos ejercían competencias de control sanitario”. El magistrado explica que, hasta la reciente reforma de la Ley de Salud de Galicia, la competencia para imponer este tipo de multas era de la Xunta y no de los ayuntamientos.

Fuente: Poder Judicial

Legislación:

Dosier:

Noticias:

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR