El contrato fijo discontinuo y el plazo de caducidad de la acción de despido. A propósito de la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2022

AutorJosé Antonio Buendía Jimémez
CargoMagistrado del Juzgado de lo Social núm. cuatro de Alicante
Páginas155-160
Revista de Derecho Laboral vLex
#5 · marzo 2022 155
EL CONTRATO FIjO DISCONTINUO Y EL PLAzO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE
DESPIDO. A PROPÓSITO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 20 DE
ENERO DE 2022
The discontinuos fixed contract and the expiry period of the dismissal action.
Regarding the judgement of the supreme court of january 20, 2022
Autor: José Antonio Buendía Jimémez
Cargo: Magistrado del Juzgado de lo Social núm. cuatro de Alicante
Resumen: La sentencia que sirve de excusa a esta letras ha puesto de actualidad la siempre con-
trovertida figura del fijo discontinuo que ha ocupado la atención del TS en numerosas ocasiones
en temas tales como la propia determinación de la existencia de este tipo de vínculo, la forma
de cómputo del período de prestación de servicios a efectos de la indemnización por despido, la
forma del cálculo del complemento por antigüedad, la creación del indefinido no fijo discontinuo.
En esta ocasión sobre esta institución, que ha sido reciente de una importante reforma por parte
del RD-Ley 32/2021, de 28 de diciembre ampliando notablemente su ámbito objetivo de cober-
tura, se plantea un peculiar problema cual es el cómputo del plazo para el ejercicio de la acción
de despido en el supuesto del fijo discontinuo en situación de IT que no es llamado al trabajo. En
concreto cual debe ser el dies a quo del cómputo de dicho plazo, controversia que es resuelta por
el Alto Tribunal apreciando la existencia de caducidad de la acción.
Palabras clave: Despido, fijo discontinuo, situación de IT, falta llamamiento. dies a quo, caducidad.
Abstract: The sentence that serves as an excuse for these letters has brought up to date the
always controversial figure of the fixed discontinuous that has occupied the attention of the TS
on numerous occasions on issues such as the very determination of the existence of this type of
link, the form of computation of the period of provision of services for the purposes of compen-
sation for dismissal, the method of calculating the complement for seniority, the creation of the
indefinite non-fixed-discontinuous. On this occasion about this institution, which has recently
undergone an important reform by RD-Law 32/2021, of December 28, significantly expanding its
objective scope of coverage, a peculiar problem arises, which is the calculation of the term for the
exercise of the action of dismissal in the event of the fixed-discontinuous IT situation that is not
called to work. Specifically, what should be the dies a quo of the computation of said term, a con-
troversy that is resolved by the High Court appreciating the existence of expiration of the action.
Keywords: Dismissal, fixed-discontinuous, IT situation, lack of appeal, dies a quo, expiration.

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