Jornadas 17 de diciembre: Las prestaciones Covid19

Las numerosas actualizaciones normativas derivadas de la COVID-19 han impactado especialmente en el ámbito de las relaciones laborales. Desde vLex, con la celebración de estas Jornadas online los días 16 y 17 de diciembre hemos querido contribuir en el estudio de la nueva normativa relacionada con la practica laboral y la Administración Pública. En esta Jornada del día 17 de diciembre, contamos con expertos en la materia que nos orientan en las principales características y claves jurídicas de algunas de las prestaciones sociales derivadas de la COVID-19.

Para esta Jornada contamos con Beltrán de la Torre Cobo, Inspector de Trabajo y Seguridad Social para tratar las cuestiones en torno a la actuación inspectora en las suspensiones y reducciones de jornada. Rafael Laraña, Director Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social, aborda las principales características y requisitos aplicativos del Ingreso Mínimo Vital. Víctor Santa-Bárbara Rupérez, Director Provincial del SEPE en Barcelona, resolvió las cuestiones principales derivadas de los ERTE COVID.

La actuación inspectora en relación con los ERTE COVID

Dos de las grandes cuestiones en relación a los ERTE COVID han sido, por un lado, su marco de aplicación a los diferentes escenarios de las empresas afectadas, y por otro, la forma de afectación de los trabajadores. Conviene tener en cuenta los siguientes puntos en relación a la actuación inspectora en el marco de los ERTE COVID:

*El Real Decreto-ley 8/2020 tiene prioridad aplicativa por ser normativa especial.

*La inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene potestad ex post para controlar las condiciones aplicativas de mantenimiento, beneficios y cobro de prestaciones derivadas de los ERTE COVID

*Las infracciones para las empresas derivadas de los fraudes en los ERTE COVID pueden conllevar sanciones desde los 6.251 a los 187.515 euros

*Las sanciones para los trabajadores pueden consistir en la devolución, extinción y pérdida por período de hasta 1 año de cualquier prestación o ayuda de fomento del empleo además de la devolución de la prestación y de la eventual responsabilidad subsidiaria de la empresa ex art. 55.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

Algunas de las actuaciones que podrían...

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