Jurisprudencia seleccionada abril 2018

Civil

CLÁUSULA SUELO. VALIDEZ DE LA TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL. Es válida la transacción suscrita por las partes tras la STS de 09/05/13, en la se acordaba reducir el límite mínimo del interés al 2,25% y que no se discutiría la validez de las cláusulas suelo contenidas en el contrato originario. La transcripción manuscrita de la cláusula contribuye a permitir la constatación de su propia existencia y a resaltar su contenido. STS nº 205/2018 Civil 11/04/2018

PRÉSTAMO HIPOTECARIO. CLÁUSULA DE AFIANZAMIENTO. La entidad bancaria no informó a los consumidores del significado de la fianza. Los consumidores llevaron a cabo un pacto que no hubieran aceptado de haber sido tratados de una manera leal y equitativa que les hubiera permitido conocer las consecuencias económicas y jurídicas del contrato que estaban celebrando y les imponía un desequilibrio importante en su perjuicio que, indudablemente, determina la abusividad de la cláusula y, en consecuencia, su nulidad. Sentencia nº 433/2018 Juzgado 1ª Instancia 11 Bilbao 05/04/2018

DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. El régimen de guarda y custodia compartida no se trata de una medida excepcional, sino que habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores. Se pretende aproximar este régimen al modelo existente antes de la ruptura matrimonial y garantizar al tiempo a sus padres la posibilidad de «seguir» ejerciendo sus derechos y obligaciones. STS nº 194/2018 Civil 06/04/2018

IMPUGNACIÓN DE TESTAMENTO. CAPACIDAD PARA TESTAR. CURATELA. Puede otorgar testamento una persona que precisa de la intervención del curador para realizar actos de disposición. Al ser el testamento un acto personalísimo, ni el tutor como representante legal puede otorgar testamento en lugar de la persona con la capacidad modificada judicialmente ni el curador puede completar su capacidad cuando sea ella quien otorgue el testamento. STS nº 146/2018 Civil 15/03/2018

PERMUTA FINANCIERA. TEST DE CONVENIENCIA. El error en el consentimiento no queda excluido por la práctica del test de conveniencia y la firma de un documento en el que se dice que el cliente ha sido informado de que la operación no es conveniente y, pese a ello, decide formalizarla. Se declara la nulidad de los contratos y se condena a la entidad bancaria a reintegrar el saldo de las sumas percibidas durante su ejecución. STS nº 222/2018 Civil 17/04/2018

NULIDAD MATRIMONIAL. CONTRAYENTE CON DISCAPACIDAD. El contrayente contaba con la aptitud para contraer matrimonio, puesto que, conociendo que se estaba tramitando un procedimiento de modificación judicial de la capacidad, el juez le reconoció capacidad para presentar la demanda de divorcio frente a su anterior esposa. Ni el estar incapacitado ni el padecer discapacidad intelectual son hechos que excluyan la aptitud para celebrar el matrimonio. STS nº 145/2018 Civil 15/03/2018

PROTECCIÓN DE DATOS. REGISTROS DE MOROSOS. No procede incluir en los registros de morosos los datos personales relativos a supuestos deudores por créditos dudosos, ni puede ello constituir una presión ilegítima para que los clientes paguen deudas controvertidas. Se condena a la empresa de telefonía móvil a abonar una indemnización por vulneración del derecho al honor. STS nº 174/2018 Civil 23/03/2018

Penal

ABUSO SEXUAL. AGRAVANTE DE PREVALIMIENTO. Se condena a los acusados de la violación grupal en los Sanfermines de 2016 como autores de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. Los procesados conformaron una situación de preeminencia sobre la denunciante, objetivamente apreciable, que les generó una posición privilegiada, aprovechando la superioridad así generada para abusar sexualmente de la víctima, que no prestó su consentimiento libremente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR