Decreto núm. 16, publicado el 19 de Febrero de 1991. PRORROGA FECHA DE PAGO DE IMPUESTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 6° TRANSITORIO DE LA LEY N° 18.985 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471137238

Decreto núm. 16, publicado el 19 de Febrero de 1991. PRORROGA FECHA DE PAGO DE IMPUESTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 6° TRANSITORIO DE LA LEY N° 18.985

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

PRORROGA FECHA DE PAGO DE IMPUESTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 6° TRANSITORIO DE LA LEY N° 18.985 Núm. 16.- Santiago, 16 de Enero de 1991.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República y en el inciso segundo del artículo 36 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del decreto ley N° 830, de 1974, y Considerando: La necesidad de armonizar el plazo señalado en el inciso segundo de la letra a) del artículo 6° transitorio de la Ley N° 18.985, con el establecido en la letra b) del artículo 4° transitorio de esa misma ley, para el pago del impuesto único sobre la revalorización a que se refiere la primera de las disposiciones citadas,

Decreto:

Artículo 1°

Prorrógase hasta el día 12 de Abril de 1991 el plazo establecido en el inciso segundo de la letra a) del artículo 6° transitorio de la Ley N° 18.985, para enterar en arcas fiscales el impuesto único contenido en dicha disposición.

Artículo 2°

Lo dispuesto en este decreto regirá a contar de la fecha de su publicación.

Tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Pablo Piñera Echenique, Subsecretario de Hacienda.

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