Decreto N° 883
Emisor | Ministerio de Transporte |
Fecha de la disposición | 23 de Mayo de 2014 |
DECRETO N° 883
Mendoza, 23 de mayo de 2014
Visto el Expte N° 2015-D-2014-18006 mediante el cual el Ministerio de Transporte plantea la necesidad de aprobar la estructura de la Entidad, así como las Funciones Básicas que integran la misma; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 8637, se creó el Ministerio de Transporte.
Que por la razón expresada precedentemente, resulta necesario adecuar dicha estructura a lo establecido en el artículo N° 34 de la Ley de creación de Ministerio;
Que a la fecha de este Decreto el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley 8.530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro, según lo establecido en el Artículo 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, artículo 5 y "Capítulo XI - "De la reconducción del presupuesto" de la Ley 3.799, y demás disposiciones establecidas por la Ley 8.667;
Por ello, en el marco de lo establecido por los Artículos 9, 51 inciso b) y 56 inciso c) de la Ley 8530 de Presupuesto; 1, 20 y 47 del Decreto Acuerdo 354/2013; Decreto Acuerdo 2555/2013; y atento a lo dictaminado por la Dirección Jurídica y Fiscalización del Ministerio de Transporte,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúese el presente Decreto del congelamiento dispuesto por el artículo 53 de la Ley N° 8530.
Apruébese la nueva Estructura organizativa del Ministerio de Transporte, según el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante de este Decreto.
Establézcanse las funciones básicas de las unidades organizativas que como Anexo II forman parte del presente Decreto.
Acéptese la renuncia del Contador Pablo Luis Rousseau, D.N.I. 27.985.127, Clase 1980, al Cargo de Clase 076 (01-2-00-09) - Asesor de Gabinete de la ex Secretaría de Transporte, a partir de la fecha del presente Decreto.
Modifíquese la Planta de Personal de la Administración Pública Provincial según la nueva estructura organizativa y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión los cargos en la forma que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte del presente Decreto.
Desígnese a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo de Subsecretario de Control, Planeamiento y Administración de Transporte, Clase 080 (Régimen Salarial 01 - Código Escalafonario 1-00-05, Unidad Organizativa 01, Ministerio de Transporte, Jurisdicción 26, Carácter 1) al Contador Pablo Luis Rousseau, D.N.I. 27.985.127, Clase 1980.
Establézcase que la relación institucional de la Empresa Provincial de Transporte (EPTM), en su carácter de organismo descentralizado del Poder Ejecutivo, se canalizará a través del Ministerio de Transporte.
El Ministro de Transporte aprobará mediante resolución, la nueva estructura organizativa de sus dependencias a partir de los niveles de Subdirección.
El presente Decreto será comunicado a Contaduría General de la Provincia para su registración.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Diego Adrián Martínez Palau
Expte. N° 2015-D-14-18006
Expte. N° 2015-D-2014-18006 - Decreto N° 883
MISION Y OBJETIVOS
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Subsecretaría de Control, Planeamiento y Administración de Transporte
1- Misión: Asistir al Ministro de Transporte en todo lo inherente a la planificación, control, y administración del transporte público de pasajeros.
2- Funciones:
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Diseñar y proponer al Ministro de Transporte, las políticas sectoriales relativas al sector transporte.
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Coordinar sus actividades con otras áreas del Estado, para otorgar soluciones integrales a la población.
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Determinar objetivos y metas para la satisfacción de las necesidades del Estado en lo referido a transporte.
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Diseñar y proponer al Ministro de Transporte, estrategias y resultados a alcanzar en el Ministerio.
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Dirigir la ejecución de las políticas, acciones y prestaciones de servicios en el Ministerio.
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Aprobar planes, programas y acciones que elaboren las Unidades Organizativas del Ministerio, en el marco de los objetivos, metas, estrategias y políticas de las mismas.
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Controlar los resultados de la ejecución de políticas, planes, programas y prestaciones de servicios concretados en el ámbito del Ministerio.
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Disponer la emisión de Normas Legales relacionadas con la competencia otorgada por las Leyes N° 3799 y modificatorias, Decreto Ley N° 4416, sus modificatorias y reglamentarias.
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Dirección Jurídica y Fiscalización
1- Misión: Ejercer el control y fiscalización de los servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos vinculados al área de su competencia, en el ámbito de jurisdicción provincial, asegurando la calidad del servicio y la protección al usuario en condiciones razonables de economicidad.
Asesorar y asistir al Ministro de Transporte y a las otras Direcciones en materia jurídico legal.
2- Funciones:
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Dictar las resoluciones reglamentarias y, en su consecuencia, los actos administrativos o las...
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