Decreto núm. 41, publicado el 01 de Julio de 2020. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 24, DE 2020, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EXTIENDE VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE REVISIÓN TÉCNICA Y DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES, EN LOS CASOS QUE INDICA, Y FIJA CALENDARIO QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 845697979

Decreto núm. 41, publicado el 01 de Julio de 2020. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 24, DE 2020, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EXTIENDE VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE REVISIÓN TÉCNICA Y DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES, EN LOS CASOS QUE INDICA, Y FIJA CALENDARIO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 24, DE 2020, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EXTIENDE VIGENCIA DE LOS CERTIFICADOS DE REVISIÓN TÉCNICA Y DE VERIFICACIÓN DE EMISIONES, EN LOS CASOS QUE INDICA, Y FIJA CALENDARIO QUE SEÑALA

Núm. 41.- Santiago, 22 de junio de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 32º Nº 6, de la Constitución Política de la República; el artículo 89º del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; la ley Nº 18.059; el artículo 4º de la ley Nº 18.696; y el decreto supremo Nº 156, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV); en el decreto Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, prorrogado mediante decreto Nº 269 de 12 de junio de 2020, del mismo Ministerio; el decreto supremo Nº 24 de 26 de marzo de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la ley Nº 21.224; el dictamen Nº 3610, de 17 de marzo de 2020; la resolución Nº 7, de 2019, ambos de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que, ante la emergencia de importancia internacional producida por el brote del nuevo Coronavirus 2019 o Covid-19, el 5 de febrero de 2020, a través del decreto Nº 4, el Ministerio de Salud decretó alerta sanitaria para enfrentar la amenaza a la salud pública.

  2. Que, del mismo modo, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó como pandemia el brote de dicha enfermedad. En Chile, a principios del mes de marzo pasado, se conocieron los primeros casos de personas afectadas por el referido virus, y a partir de entonces, el número de contagios se elevó de modo preocupante. Por ello, con fecha 18 de marzo de 2020, mediante decreto Nº 104, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública decretó Estado de Catástrofe, por calamidad pública en el territorio de Chile.

  3. Que, lo anterior, constituye un caso fortuito, frente al cual, corresponde...

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