SJS nº 1 136/2020, 30 de Junio de 2020, de Salamanca

PonenteINES REDONDO GRANADO
Fecha de Resolución30 de Junio de 2020
ECLIES:JSO:2020:3183
Número de Recurso314/2020

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00136/2020

PLAZA COLON S/N

Tfno: 923-285271-72

Fax: 923-284631

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: S02

NIG: 37274 44 4 2020 0000594

Modelo: N02700

CCO CONFLICTOS COLECTIVOS 0000314 /2020

DEMANDANTE/S D/ña: CCOO DE CASTILLA Y LEON

ABOGADO/A: MARIA SANCHEZ GOMEZ

DEMANDADOS D/ña: BALNEARIO DE LEDESMA SLU, SEPE, UGT CASTILLA Y LEON UNION GENERAL DE TRABAJADORES

ABOGADOS: RAFAEL VIRGÓS SAINZ, LETRADO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, ROSA MARIA HERNANDEZ CALDERON

SENTENCIA Nº 136/20

En Salamanca, a treinta de junio de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Salamanca, Dª INES REDONDO GRANADO, los presentes autos nº 314/2020 seguidos a instancia del Sindicato COMISIONES OBRERAS DE CASTILLA Y LEON (CCOO DE CASTILLA Y LEON), representado y asistido por la Letrada Doña María Sánchez Gómez contra la empresa "BALNEARIO DE LEDESMA S.L.U." representada y asistida por el Letrado Don por Don Rafael Virgós Sáinz, el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL (SEPE) representado y asistido por el Letrado Don Fernando Rodríguez Soria, y como parte interesada el Sindicato UNION GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.) representado y asistido por la Letrada Doña Rosa María Hernández Calderón como demandados, sobre CONFLICTO COLECTIVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los presentes autos traen causa de la demanda presentada el día 4 de junio de 2020, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, deducida por el actor, en la que tras citar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación pertinente al caso, terminaba solicitando se dictase sentencia por la que: se anule y deje sin efecto la decisión adoptada por la demandada de no incluir en la solicitud colectiva de prestaciones por desempleo por reducción y suspensión de jornada como consecuencia del COVID-19 a un total de 40 trabajadores fijos discontinuos incluidos en el Anexo registrado junto con el escrito complementario al ERTE y se reconozca y declare el derecho del personal afectado por la presente demanda de conflicto colectivo, de ser incluidos en la solicitud colectiva de prestaciones por desempleo, condenando a la demandada a que presente con carácter inmediato la citada solicitud incluyendo a todos los trabajadores y trabajadoras afectadas por el presente Conflicto Colectivo, condenando a las demandas a estar y pasar por tal declaración.

SEGUNDO

Por decreto de 11 de junio de 2020, se acordó admitir a trámite la demanda, dar traslado a los demandados, citando a las partes para la celebración del juicio para el día 26 de junio de 2020. En la fecha señalada, se celebró el juicio, compareciendo la parte actora, ratificando su demanda e interesando una sentencia acorde a sus intereses, la empresa demandada formulando oposición a la misma, la defensa del SEPE que solicitó una sentencia ajustada a derecho y el Sindicato U.G.T. que se adhirió a la demanda presentada, acordándose el recibimiento del pleito a prueba, se practicó la prueba documental y testifical que se estimó admisible dentro de la propuesta, terminando las partes por elevar a definitivas sus conclusiones.

TERCERO

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS

PROBADOS

PRIMERO

_La empresa demandada "BALNEARIO DE LEDESMA S.L.U.", con C.I.F. B74091836, cuenta con un total de 124 trabajadores, en su centro de trabajo ubicado en la localidad de Ledesma (Salamanca), todo ellos con contrato de trabajo de fijo discontinuo.

SEGUNDO

En fecha 16 de marzo de 2020, la empresa puso en conocimiento del Comité de Empresa, que en esa fecha instaría ante la Dirección General de Trabajo, la suspensión y reducción de jornada de los contratos de trabajo de los trabajadores del Balneario que se adjuntaban en los anexos I y II, por causa de fuerza mayor derivada de las decisiones adoptadas por Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (acontecimiento 55).

La representación de los trabajadores, a la vista de la relación de trabajadores facilitada por la empresa, le comunicó que debía incluir a la totalidad de los trabajadores de la empresa (testifical de Don Estanislao).

TERCERO

En fecha 16 de marzo de 2020 tuvo entrada en la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca (acontecimiento 60), solicitud formulada por la empresa "BALNEARIO DE LEDESMA S.L.U.", de ERTE por fuerza mayor, de suspensión y reducción de jornada, que afectaba a un total de 60 trabajadores, por un periodo desde el 14 de marzo al 13 de junio de 2020 (acontecimiento 56). Con la solicitud adjuntaba informe justificativo de las causas e informe de los servicios médicos sobre el coronavirus (acontecimiento 57), así como la relación de trabajadores afectados por la suspensión hasta un total de 54, y por la reducción de jornada que eran seis trabajadores, y de los miembros del Comité de Empresa (acontecimiento 58).

En la relación de trabajadores afectados por la suspensión se incluían los siguientes:

Lucía

NUM000

Francisco

NUM001

Genaro

NUM002

Ismael

NUM003

Sabina

NUM004

Tamara

NUM005

Trinidad

NUM006

Zaira

NUM007

Norberto

NUM008

Pablo

NUM009

Prudencio

NUM010

Ricardo

NUM011

Rosendo

NUM012

Angustia

NUM013

Ascension

NUM014

Benita

NUM015

Camila

NUM016

Carlota

NUM017

Clara

NUM018

Carlos Ramón

NUM019

Diana

NUM020

Elisenda

NUM021

Enriqueta

NUM022

Eugenia

NUM023

Felisa

NUM024

Florencia

NUM025

Herminia

NUM026

Isidora

NUM027

Leticia

NUM028

Lorena

NUM029

María

NUM030

Melisa

NUM031

Paulina

NUM032

Rocío

NUM033

Sonia

NUM034

Fabio

NUM035

Victoria

NUM036

Angelina

NUM037

Gumersindo

NUM038

Bibiana

NUM039

Adolfina

NUM040

Amalia

NUM041

Ángela

NUM042

Apolonia

NUM043

Beatriz

NUM044

Marcelino

NUM045

Caridad

NUM046

Nemesio

NUM047

Elisabeth

NUM048

Rodrigo

NUM049

Estibaliz

NUM050

Lourdes

NUM051

Manuela

NUM052

Jose Augusto

NUM053

En la de trabajadores afectados por reducción de jornada se incluían:

TRABAJADOR % REDUCCION

Carlos Jesús NUM054 50%

Carlos Francisco NUM055 50%

Piedad NUM056 50%

Ángel NUM057 28,21%

Bernardo NUM058 50%

Daniela NUM059 50%

CUARTO

En fecha 17 de marzo de 2020 la empresa presentó un escrito ante la Oficina Territorial de Trabajo (acontecimiento 61), en el que se alegaba que en el anexo presentado de los trabajadores afectados se habían detectados errores de trascripción, por lo que se remitía un nuevo anexo con la relación de trabajadores corregida (acontecimiento 62). En el anexo presentado se incluían como afectados por el ERTE a un total de 40 trabajadores, que no habían sido incluidos en la relación anterior (acontecimiento 63).

La empresa presentó otro escrito a la Oficina de Trabajo en fecha 19 de marzo de 2020, en el que hacía constar que los trabajadores incluidos en la relación aportada, tenían la condición de trabajadores fijos discontinuos en la fecha de solicitud de suspensión de contratos por causa de fuerza mayor, que aún no se habían incorporado a la actividad y que durante la temporada anterior prestaron su servicios en los periodos que se indicaba, reseñando su número de D.N.I. y de afiliación a la Seguridad Social, así como fecha del periodo trabajado en el año anterior, respecto de cada uno de ellos (acontecimientos 67 y 68).

QUINTO

Los trabajadores incluidos en el nuevo anexo presentado por la empresa eran los siguientes (folio 18 del acontecimiento 26):

TRABAJADOR CATEGORIA PROFESIONAL FECHA ALTA 2019 FECHA BAJA 2019

David

NUM060 Bañero general 02/03/2019 08/12/2019

Domingo

NUM061 Médico 05/03/2019 09/12/2019

Candida

NUM062 Camarera de comedor 05/03/2019 10/12/2019

Celsa

NUM063 Camarera de comedor 05/03/2019 08/12/2019

Coral

NUM064 Camarera de comedor 05/03/2019 08/12/2019

Frida

NUM065 ATS/DUE 05/03/2019 08/12/2019

Matilde

NUM066 Médico 06/03/2019 09/12/2019

Encarna

NUM067 Camarera de comedor 08/03/2019 08/12/2019

Justa

NUM068 Camarera de planta 08/03/2019 09/12/2019

Evangelina

NUM069 Camarera de planta 08/03/2019 09/12/2019

Maite

NUM070 Camarera de comedor 08/03/2019 08/12/2019

Marina

NUM005 Camarera de comedor 08/03/2019 08/12/2019

Victorino

NUM071 Camarero de cafetería 11/03/2019 09/12/2019

Ruth

NUM072 Fregadora 13/03/2019 10/12/2019

Segundo

NUM073 Fisioterapeuta 13/03/2019 08/12/2019

Soledad

NUM074 Bañero general 13/03/2019 08/12/2019

Tatiana

NUM075 Esteticista 13/03/2019 08/12/2019

Vanesa

NUM076 Masajista 13/03/2019 08/12/2019

Amelia

NUM077 Encargado de gimnasio 14/03/2019 08/12/2019

Zaida

NUM078 Ayudante de cocina 14/03/2019 09/12/2019

Aurora

NUM079 Camarera de comedor 14/03/2019 06/09/2019

María Esther

NUM080 Bañero general 14/03/2019 02/12/2019

Emma

NUM081 Camarera de comedor 14/03/2019 09/12/2019

Africa

NUM082 Camarera de comedor 14/03/2019 08/12/2019

Aida

NUM083 Camarera de planta 14/03/2019 08/12/2019

Clemencia

NUM084 Fisioterapeuta 14/03/2019 08/12/2019

Fidela

NUM085 Masajista 14/03/2019 08/12/2019

Margarita

NUM086 Camarera de comedor 14/03/2019 08/12/2019

Edurne

NUM087 Camarera de planta 14/03/2019 09/12/2019

Isabel

NUM088 Camarera de comedor 14/03/2019 08/12/2019

Carla

NUM089 Bañero general 15/03/2019 08/12/2019

Cecilia NUM090 Bañero general 15/03/2019 08/12/2019

Lina

NUM091 Fregadora 15/03/2019 09/12/2019

Luz

NUM092 Ayudante de cocina 15/03/2019 09/12/2019

Claudio

NUM093 Bañero general 15/03/2019 30/09/2019

Graciela

NUM094 Ayudante de cocina 15/03/2019 09/12/2019

Desiderio

NUM095 Camarero de cafetería 25/05/2019 22/11/2019

Joaquina

NUM096 Camarera de comedor 01/06/2019 08/12/2019

Esther

NUM097 Camarera de planta 01/06/2019 10/12/2019

Felicisima

NUM098 Camarera de planta 01/07/2019 09/12/2019

SEXTO

La empresa aquí demandada presentó escrito...

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