EXTRACTO de la Orden de 16 de marzo de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones para la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para el año 2021.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos

BDNS (Identif.): 553919

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/553919)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero.- Finalidad.

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para el año 2021.

Segundo.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades titulares de los centros especiales de empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia y que cumplan los requisitos señalados en la Orden de Convocatoria.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo. Orden EYE/2335/2009, de 21 de diciembre, se adecua el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la comunidad de Castilla y León, modificada por la Orden EYE/776/2013, de 19 de septiembre.

Lunes, 22 de marzo de 2021

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía de dichas subvenciones se establece en un máximo de 1.200 euros anuales por cada trabajador apoyado con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía, indicados en el punto 2 del apartado cuarto de la Orden de convocatoria, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

La subvención de 1.200 euros se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR