EXTRACTO de la Orden de 16 de marzo de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones para la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para el año 2021.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
BDNS (Identif.): 553919
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/553919)
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.
Primero.- Finalidad.
Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para el año 2021.
Segundo.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades titulares de los centros especiales de empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia y que cumplan los requisitos señalados en la Orden de Convocatoria.
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo. Orden EYE/2335/2009, de 21 de diciembre, se adecua el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la comunidad de Castilla y León, modificada por la Orden EYE/776/2013, de 19 de septiembre.
Lunes, 22 de marzo de 2021
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía de dichas subvenciones se establece en un máximo de 1.200 euros anuales por cada trabajador apoyado con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía, indicados en el punto 2 del apartado cuarto de la Orden de convocatoria, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.
La subvención de 1.200 euros se...
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