Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en empresas de inserción del Principado de Asturias. 

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejería de Industria, Empleo y Promoción Económica
Rango de LeyResolución

Antecedentes

La Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, establece el marco legal nacional para las empresas de inserción como promotoras del empleo de las personas en situación de exclusión social. En particular, su capítulo V aborda las medidas de promoción de las empresas de inserción, entre las que se contemplan las subvenciones encaminadas a la contratación de personas en situación de exclusión social en orden a compensar los sobrecostes laborales por la menor productividad de estas personas en la actividad empresarial. Por otro lado, las empresas de inserción son, de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General.

Por Real Decreto 2087/1999, de 30 de diciembre, y Real Decreto 11/2001, de 12 de enero, se habían traspasado a la Administración del Principado de Asturias las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de programas de apoyo al empleo.

El artículo 3.2 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, dispone, de conformidad con la Constitución y los Estatutos de Autonomía, que corresponde a las Comunidades Autónomas, en su ámbito territorial, el desarrollo de la política de empleo y de los programas y medidas que les hayan sido transferidas. Asimismo, en su artículo 25.1 define diez ámbitos de actuación en materia de políticas activas de empleo, entre ellos el de oportunidades para colectivos con especiales dificultades, en el que se integran las acciones y medidas de inserción laboral de colectivos que, de forma estructural o coyuntural, presentan especiales dificultades para el acceso y la permanencia en el empleo. Respecto a las personas en situación de exclusión social establece que se impulsará su contratación a través de las empresas de inserción.

En función de lo anterior se considera oportuno actualizar la normativa que regula las ayudas a la actividad de estas entidades articulada en torno a dos líneas de ayudas, la primera dirigida cofinanciar el coste salarial de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión en dichas empresas, recogida en la Resolución de 1 de julio de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo, y por otro lado la Resolución de 30 de junio de 2015, de la Consejería de Economía y Empleo, que regula la ayuda a los servicios de acompañamiento prestados por las mismas a sus trabajadores. Se pretende además ahora que una única norma recoja las bases reguladoras de ambas líneas.

El procedimiento para la concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva, quedando acogidas al régimen de exención de mínimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.

El sometimiento a dicho régimen implica que ninguna empresa puede ser beneficiaria de subvenciones sometidas a la misma condición de mínimis por importe superior a 500.000 € durante tres ejercicios fiscales.

En consecuencia, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y Sector Público, de la Intervención del Principado de Asturias y de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se propone que se aprueben las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en empresas de inserción del Principado de Asturias que se incorporan como anexo.

Fundamentos de derecho

Único.—La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Decreto del Principado de Asturias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados,

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias que se incorporan como anexo.

Segunda.—Derogar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones al mantenimiento de puestos de trabajo de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 1 de julio de 2013.

Tercero.—Derogar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social en las empresas de inserción del Principado de Asturias, aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 30 de junio de 2015.

Cuarto.—Disponer la entrada en vigor de la presente disposición al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 15 de septiembre de 2021.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, Enrique Fernández Rodríguez.—Cód. 2021-09008.

Anexo

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA INSERCIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL EN EMPRESAS DE INSERCIÓN DEL Principado de Asturias

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Primera.—Objeto y finalidad.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas en situación de exclusión social en empresas de inserción del Principado de Asturias.

Se establecen los siguientes programas de ayudas:

  1. Programa I: ayudas al mantenimiento del coste salarial de las personas trabajadoras en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción.

  2. Programa II: ayudas a los servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social de las empresas de inserción.

    Segunda.—Definiciones.

    2.1. Empresa de inserción: de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, tendrá la consideración de empresa de inserción aquella sociedad mercantil o sociedad cooperativa legalmente constituida que, debidamente calificada por los organismos autonómicos competentes en la materia, realice cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuyo objeto social tenga como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.

    2.2. A los efectos de este programa de subvenciones, tienen la consideración de personas en situación de exclusión social las relacionadas en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción:

  3. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.

  4. Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:

    Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.

    Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.

  5. Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.

  6. Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.

  7. Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y exreclusos.

  8. Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.

  9. Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

  10. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

    2.3. El coste salarial es el importe total que realmente debe pagar el beneficiario de la ayuda en relación con el empleo de que se trate, compuesto, durante un período de tiempo definido, por el salario bruto (es decir, antes de impuestos) y las cotizaciones obligatorias, como la seguridad social y los gastos por cuidados infantil y parental.

    2.4. Servicios de acompañamiento a la inserción sociolaboral: el conjunto de acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, desarrolladas por personal especializado, con el objeto de facilitar la adaptación social y laboral de las personas en situación de exclusión social a través de la prestación de cualquiera de los siguientes servicios:

  11. Orientación, asesoramiento y acompañamiento a la persona en situación de exclusión social, elaborando para cada trabajador un programa de adaptación al puesto de trabajo.

  12. Apoyo al...

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