Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la realización de Proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral para personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2021, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo Canarias 2014-2020.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Economía, Conocimiento y Empleo
Rango de LeyResolución

Examinada la iniciativa de la Dirección del Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE), para la aprobación de bases y convocatoria de subvenciones, destinadas a la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, personas con discapacidad e inmigrantes para el ejercicio 2021.

  1. ANTECEDENTES

    1. ) El SCE es un organismo autónomo creado por la Ley 12/2003, de 4 de abril, en virtud del artículo 33 del Estatuto de Autonomía de Canarias, por el que se atribuye a la Comunidad Autónoma de Canarias la ejecución de la legislación laboral.

      De conformidad con la declaración de intenciones de su Ley de creación, el SCE integrará en su actuación el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y promoverá la no discriminación de los trabajadores y las trabajadoras por razones de sexo, discapacidad, orientación sexual, raza o etnia y origen social, materializando el principio de promoción de la igualdad de las personas y los grupos en que se integran, que rige la política de los poderes públicos canarios.

      En su artº. 2 la citada Ley establece que el SCE tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de las personas trabajadoras ocupadas o en situación de desempleo, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral.

    2. ) El Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al FSE, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al FSE, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, en su artículo 9 fija los objetivos temáticos que apoyarán a fin de contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como a las misiones específicas de los Fondos con arreglo a sus objetivos basados en el Tratado. Entre estos objetivos se encuentra: «Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación».

      Por otra parte, el Reglamento (UE) nº 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo (en adelante FSE), en su artículo 3 dispone que para lograr el objetivo temático anteriormente indicado, apoyará, entre otras, las siguientes prioridades de inversión:

      - La inclusión activa, también con vistas a promover la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar un empleo.

      - La lucha contra todas las formas de discriminación y la promoción de la igualdad de oportunidades.

      Las subvenciones que se convocan se enmarcan dentro del Programa Operativo FSE de Canarias para el periodo 2014-2020 (en adelante POFSE Canarias 2014-2020), cofinanciado con un porcentaje del 85% por el FSE, más concretamente en el Eje prioritario 2. "Promover la Inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación", objetivo específico 9.1.1 "Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción".

    3. ) Las presentes bases y convocatoria tienen por objeto financiar el coste de la realización en Canarias de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad. La finalidad de estos proyectos es mejorar la empleabilidad y la inserción laboral de los colectivos a los que van dirigidos, aumentando su competitividad y proporcionándoles, ya que cuentan con especiales dificultades que les impiden participar en otros programas de formación profesional para el empleo, los conocimientos y prácticas adecuadas que mejoren su capacitación profesional.

    4. ) Según datos del Observatorio Canario del Empleo y la Formación Profesional (OBECAN), de 31 de agosto de 2020, el número de mujeres desempleados inscritos es mayor que el de hombres. Al objeto de paliar esta situación y siguiendo los mandatos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que dispone en su artículo 42.2 que "Los Programas de inserción laboral activa comprenderán todos los niveles educativos y edad de las mujeres, incluyendo los de Formación Profesional, Escuelas Taller y Casas de Oficios, dirigidos a personas en desempleo, se podrán destinar prioritariamente a colectivos específicos de mujeres o contemplar una determinada proporción de mujeres" y de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, canaria de igualdad entre mujeres y hombres, que en su artículo 24, apartado 2 establece que "La Administración canaria desarrollará medidas de acción positiva destinadas a garantizar la igualdad de oportunidades y la superación de las situaciones de segregación profesional, tanto vertical como horizontal, así como las que supongan desigualdades retributivas", en la convocatoria se regula que más del 55% de las personas participantes en el proyecto deberán ser mujeres, salvo que no haya suficientes demandantes inscritas que reúnan los requisitos establecidos en la base tercera, debiendo mantenerse esta proporción desde el inicio hasta la finalización del proyecto, priorizándose dentro de este colectivo a las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género.

    5. ) Como novedad, se establece un sistema de costes simplificados, basados en costes unitarios de acuerdo con lo previsto en el artº. 67 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al FSE, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo.

    6. ) La presente Resolución ha sido objeto informada favorablemente por el Consejo General de Empleo en fecha 4 de diciembre de 2020. La operación ha sido seleccionada por Resolución del Director General de Planificación y Presupuestos de fecha 22 de diciembre de 2020 y se ha emitido informe de legalidad el 3 de febrero de 2021. Asimismo ha sido objeto de fiscalización previa por parte de la Intervención General, mediante su informe favorable de fecha 4 de marzo de 2021.

  2. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

    Primera.- La tramitación de las presentes bases y convocatoria de subvenciones se realizará al amparo de lo dispuesto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Decreto 36/2009, de 31 de marzo), y la regulación contenida en los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    Segunda.- De acuerdo con el artículo 14.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo: "El procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de oficio. La iniciación de oficio se realizará siempre mediante convocatoria que deberá publicarse en la forma establecida en la legislación básica reguladora de las subvenciones, aprobada por el órgano competente para conceder subvenciones".

    Tercera.- Los artículos 3 y 9 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, determinan que los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, serán competentes para conceder subvenciones, así como para aprobar las oportunas bases reguladoras de la concesión. La aprobación de las presentes bases y convocatoria corresponde a la Presidencia del SCE, de acuerdo con el artº. 7.1.g) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE.

    Cuarta.- La presente Resolución se tramita de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.5.a) del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

    En el ejercicio 2020 la suspensión de la actividad formativa presencial durante más de dos meses, supuso un retraso considerable en la programación de los proyectos subvencionados con cargo a la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, personas con discapacidad e inmigrantes para el ejercicio 2019. Ello ha obligado a prorrogar el plazo máximo de ejecución de los proyectos hasta marzo de 2021, por lo que es necesario que en el presente ejercicio los proyectos tengan una duración de 9 meses.

    La especificidad de estos proyectos, con una duración excepcional en el ejercicio 2021 por un periodo de 9 meses, justifica la acumulación de las bases reguladoras y convocatoria en un mismo acto administrativo. Por otra parte, el hecho de que en el presente año finaliza el POFSE 2014-2020, y que tras la aprobación del nuevo Programa Operativo será de aplicación nueva normativa europea, justifica la aprobación de unas bases y convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de Itinerarios Integrados de Inserción Laboral específicas, con efectos limitados al ejercicio 2021.

    Quinta.- Esta iniciativa de empleo, está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC nº 269, de 30.12.2020), cumpliéndose con ello los requerimientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

    En virtud de lo...

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